¡Aprovecha la Ley del Mono en Chaitén!

Ley 20.898  ¡Se extiende el plazo hasta el 31 de diciembre de 2027!

¿Que es la Ley del Mono?

Es una norma especial de regularización de viviendas construidas sin permiso municipal, que permite obtener la recepción definitiva de la construcción.

📍 ¿Dónde hacer el trámite?
En la Dirección de Obras Municipales (DOM)
📌 Pedro Aguirre Cerda #398
📞 Contacto: (65) 2741529

Requisitos: Viviendas Tramo 1 y Tramo 2
✅Haber sido construidas antes de la publicación de la Ley N° 20.898, es decir, existentes al 04 Febrero del 2016.
✅No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
✅No tener, a la fecha de ingreso de la solicitud de regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas ante la Dirección de Obras Municipales (DOM)o el juzgado de policía local respectivo.
✅Cumplir con las normas requeridas que garantizan la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas, y con aquellas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas, que correspondan.
✅No aplicable a hogares de acogida, ni a locales de hospedaje.
 
🔶Tramo 1
✅Viviendas cuya superficie edificada no exceda de 90m2, y cuenten común avalúo fiscal de hasta 1.000 unidades de fomento.
✅No será impedimento para solicitar la regularización de viviendas emplazadas en áreas rurales, éstas que se hubiesen construido en predios resultantes de subdivisiones aprobadas conforme al Decreto Ley N° 3.516 del Ministerio de Agricultura, de 1980.
 
🔶Tramo 2
✅Viviendas cuya superficie edificada no exceda de 140m2, y cuenten con un avalúo fiscal de hasta 2.000 unidades de fomento.
✅Las viviendas no deben haberse construido en predios resultantes de divisiones aprobadas conforme al decreto Ley N° 3.516 del Ministerio de Agricultura, de 1980.
Requisitos Regularización Microempresas Inofensivas o Equipamiento Social

Permite la regularización de edificaciones destinadas a microempresas inofensivas o equipamiento que no cuenten con recepción definitiva o que hayan materializado de hecho un cambio de destino en forma discordante con los usos de suelo.

 
✅Haber sido construidas antes de la publicación de la Ley N° 20.898, es decir, existentes al 04 de Febrero del 2016.
✅No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Si la actividad se desarrolla en un pasaje, no podrá afectarse el libre tránsito y circulación de los vecinos.
✅Haber sido construidas antes de la publicación de la Ley N° 20.898, es decir, existentes al 04 de Febrero del 2016.
✅Tener una superficie edificada de hasta 250m2, para el caso de las microempresas inofensivas, o de hasta 400 m2, para los equipamientos sociales.
✅No tener, a la fecha de ingreso de la solicitud de regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas ante la DOM o eljuzgado de policía local respectivo.
✅Cumplir con las normas que garantizan la habitabilidad, seguridad y estabilidad, y con aquellas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable,alcantarillado y gas, que correspondan.
✅Para “Microempresas” se deberá entender excluidos los destinos de; Salud, Educación y Expendio de Alcoholes.
 
Más Información:
Dirección de Obras Municipales
Pedro Aguirre Cerda #398 Contacto (65) 2741529
 
Ilustre Municipalidad de Chaitén